Micelio

Artículo 2.1.2.4.6

Epígrafe

Decreto 1081 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Epígrafe. La sección del encabezado de todos los proyectos normativos de rango infralegal y carácter general tendrán un rótulo o título que permita identificar cuál es su contenido normativo.

Las características básicas del epígrafe deben contener claridad. Contendrá una indicación del objeto de la normativa tan clara, sucinta y completa como sea posible. Su redacción no debe inducir a error acerca del contenido de la parte dispositiva. Debe ser simple y no se debe sobrecargar con textos que no aporten nada a su finalidad. Debe ser diferente al de otras normativas vigentes, excepto cuando esté orientado a reemplazarlas.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1081 de 2015