Momento de la libertad bajo fianza. La libertad se hará efectiva después de suscrita la diligencia de caución. Si ésta fuere hipotecaria, después del registro de la escritura que debe cumplirse por el registrador durante las veinticuatro horas siguientes al recibo de la copia, bajo multa de mil pesos por cada día de demora, impuesta por el juez.
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