Micelio

Artículo 3

Del Decreto Número 0028 De 1957, Y Cancelará Los Gastos De Administración Efectuados Por El Mismo Artículo 2°

Decreto 109 de 1957 · Por el cual se ordena la disolución y liquidación del Fondo Rotatorio y Ganadero de las Fuerzas Armadas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero: La Comisión liquidadora del Fondo Ganadero devolverá al Comisario Central, en liquidación, la suma de dos millones de pesos ($ 2.000.000.00) que se tomaron de esta entidad, para pagar el pasivo de la Sección de Ganadería y autorizados por el artículo 2° del Decreto número 0028 de 1957, y cancelará los gastos de administración efectuados por el mismo artículo 2°. del Decreto número 0028.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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