°. El Ministerio de Minas y Petróleos podrá modificar las zonas descritas en el artículo primero de este Decreto o sustraer de la reserva especial parte de las mismas.
Decreto 137 de 1975 →Vigente
Artículo 5
El Ministerio De Minas Y Petróleos Podrá Modificar Las Zonas Descritas En El Artículo Primero De Este Decreto O Sustraer De La Reserva Especial Parte De Las Mismas
Decreto 137 de 1975 · Por el cual se declaran de reserva especial unos yacimientos de minerales radioactivos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.