Micelio

Artículo 4

º

Decreto 908 de 1996 · por el cual se crea la Notaría Cuarta en el Circuito Notarial de Tunja en el Departamento de Boyacá.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquesey cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 23 de mayo de 1996. ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Justicia y del Derecho, Carlos Medellín Becerra.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 908 de 1996