Subdirección Académica. Son funciones de la Subdirección Académica, las siguientes: 15.1 Orientar y liderar los proyectos que se susciten al interior de la Subdirección, mediante la coordinación de los recursos humanos, financieros y tecnológicos. 15.2 Proponer elementos de conexión entre las áreas académicas y verificar la debida coherencia conceptual y pertinencia de cada instrumento que se elabore. 15.3 Asesorar a la Dirección General en los aspectos académicos y técnicos relacionados con la evaluación de la calidad de la educación. 15.4 Establecer las actividades necesarias para adelantar programas de evaluación de la calidad educativa, determinando y cuantificando los recursos humanos, físicos, financieros y técnicos necesarios para desarrollarlas. 15.5 Dirigir y controlar las actividades relacionadas con el manejo de los recursos humanos que se requieran para el desarrollo de las actividades propias de la Subdirección. 15.6 Supervisar la elaboración y ejecución de los contratos que se celebren para el desarrollo de los programas que debe atender la Subdirección. 15.7 Coordinar y realizar estudios e investigaciones tendientes a la cualificación de procesos académicos y técnicos de evaluación de la calidad de la educación, teniendo en cuenta la estructura, fines y organización de la educación colombiana y las perspectivas internacionales. 15.8 Desarrollar la fundamentación teórica y conceptual de los instrumentos de evaluación, según los niveles educativos y programas. 15.9 Diseñar y desarrollar instrumentos de evaluación de la calidad de la educación y otros complementarios, para los diferentes programas que ofrece el Instituto, de acuerdo con avances nacionales e internacionales en el tema. 15.10 Organizar y administrar el banco de pruebas y preguntas según niveles educativos y programas, velando por su confidencialidad y reserva. 15.11 Desarrollar, adaptar e implementar modelos para el procesamiento y análisis de los resultados de los instrumentos de evaluación. 15.12 Procesar y analizar los resultados de aplicar los instrumentos de evaluación de la calidad de la educación, de acuerdo con los modelos psicométricos adoptados. 15.13 Diseñar y producir los informes de los resultados de los instrumentos de evaluación desarrollados. 15.14 Establecer procedimientos estandarizados para los diferentes procesos adelantados por la Subdirección, de acuerdo con los principios y métodos adoptados por el Instituto. 15.15 Promover el desarrollo de la capacidad técnica en medición y evaluación educativa de las entidades territoriales, a través de las Secretarías de Educación. 15.16 Prestar asesoría técnica en evaluación de la calidad de la educación, tanto al nivel nacional como internacional. 15.17 Participar en las evaluaciones educativas internacionales en que se comprometa el Ministerio de Educación Nacional. 15.18 Adelantar las gestiones necesarias para el cumplimiento oportuno de los planes y programas propios de la Subdirección. 15.19 Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Decreto 2232 de 2003 →Vigente
Artículo 15
Subdirección Académica
Decreto 2232 de 2003 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES, y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.