Micelio

Artículo 15

Ley 29 de 1959 · Por la cual se fomenta la repatriación de los capitales colombianos poseídos en el Exterior, se autoriza la emisión de bonos nacionales en moneda extranjera y se crea un Fondo de Desarrollo Económico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las utilidades líquidas que se obtengan en la operación del Fondo se destinarán a la formación de una reserva que servirá de garantía adicional de los bonos emitidos por él.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 29 de 1959