Micelio

Artículo 3

Auxilio Especial De Transporte

Decreto 292 de 2024 · por el cual se dictan normas en materia salarial para los servidores públicos del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Auxilio especial de transporte . Los servidores públicos del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses que se desempeñen en funciones de mensajería tendrán derecho a un auxilio especial de transporte, así

a)

Para ciudades de más de un millón de habitantes: ciento veinticuatro mil seis­cientos noventa y cuatro pesos ($124.694) m/cte., mensuales;

b)

Para ciudades entre seiscientos mil y un millón de habitantes: setenta y ocho mil seiscientos tres pesos ($78.603) m/cte., mensuales;

c)

Para ciudades entre trescientos mil y menos de seiscientos mil habitantes: cua­renta y nueve mil novecientos treinta y seis pesos ($49.936) m/cte., mensuales;

d)

El personal de Unidades Básicas cuya cobertura se extienda a varios munici­pios tendrá derecho a un auxilio especial de transporte por valor de ochenta y cuatro mil cuatrocientos dieciséis pesos ($84.416) m/cte., mensuales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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