°. Corresponde al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural encomendar a las Bolsas de Productos Agropecuarios la realización de las subastas públicas de los contingentes de los productos a los que se refiere este decreto. Dichas bolsas deberán estar vigiladas por la Superintendencia de Valores, contar con Cámara de Compensación que garantice el cumplimiento de los negocios y capacidad para verificar las operaciones de compra de la producción nacional.
Decreto 430 de 2004 →Vigente
Artículo 6
Corresponde Al Ministerio De Agricultura Y Desarrollo Rural Encomendar A Las Bolsas De Productos Agropecuarios La Realización De Las Subastas Públicas De Los Contingentes De Los Productos A Los Que Se Refiere Este Decreto
Decreto 430 de 2004 · por el cual se crea el Mecanismo Público de Administración de Contingentes Agropecuarios y se modifica el Decreto 2685 de 1999.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.