Micelio

Artículo 11

Decreto 401 de 1983 · Por el cual se adopta el Plan de Promoción de Colombia en el exterior y se crean el Consejo Nacional de Coordinación y las Comisiones Ejecutivas para su cumplimiento

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo once. El Plan de Promoción de Colombia en el exterior estará financiado por

1.

Las partidas que se le asignen dentro del Presupuesto Nacional y dentro de los presupuestos de las entidades vinculadas al Plan.

2.

Los aportes y donaciones de las personas de derecho privado.

3.

Los recursos financieros que para tal fin debe aportar el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, de acuerdo con el Decreto 198 de 1983 y demás disposiciones legales.

4.

Los demás recursos que se le asignen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 401 de 1983