Micelio

Artículo 1

Decreto 849 de 1952 · Por el cual se distribuyen las partidas para sueldos del personal, alimentación y gastos varios del Instituto Técnico Industrial de Cúcuta

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios del instituto técnico industrial de Cúcuta, se distribuyen las siguientes partidos apropiada en el presupuesto nacional vigente, así:

Jefe del taller de Metalistería

Director

Para alimentación en 10 meses: febrero a noviembre:

De 20 alumnos becados internos, a razón de $ 47 mensuales, cada uno

De seis empleados internos que por razón de sus cargos deben permanecer en el establecimiento durante el periodo de vacaciones, según distribución que haga el director

Para servicio de energía, agua, aseo, teléfono, material industrial de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, compra maquinaria y herramientas, laboratorios, conservación de los mismos, jornales, imprevistos y demás casos del instituto.

Cursos de capacitación obrera, anexos al instituto.

Para sueldos en 10 meses: febrero a noviembre:

Jefe

Para compra de elementos y materiales de enseñanza.

Parágrafo

Las partidas distribuídas en el presente Decreto, serán giradas al Habilitado-Almacenista del Instituto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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