º Queda facultada la Caja de Crédito Agrario, a través de sus servicios de Provisión Agrícola para vender, de contado o a crédito a los Departamentos de caldas, cauca, Huila. Tolima y Valle del Cauca y a los Municipios y entidades oficiales y semioficiales de los mismos maquinaria y demás elementos de los que la Caja distribuye.
Decreto 5 de 1959 →Vigente
Artículo 3
Queda Facultada La Caja De Crédito Agrario, A Través De Sus Servicios De Provisión Agrícola Para Vender, De Contado O A Crédito A Los Departamentos De Caldas, Cauca, Huila
Decreto 5 de 1959 · Por el cual se da una autorización a la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.