Micelio

Artículo 274

El Investigador Tendrá Un Término De Treinta (30) Días Para Perfeccionar La Investigación, Vencido El Cual Decidirá, Dentro De Los Tres (3) Días Siguientes, Si Hay Lugar O No A La Formulación De Cargos

Decreto 1950 de 1973 · por el cual se reglamentan los Decretos-leyes 2400 y 3074 de 1968 y otras normas sobre administración del personal civil.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El investigador tendrá un término de treinta (30) días para perfeccionar la investigación, vencido el cual decidirá, dentro de los tres (3) días siguientes, si hay lugar o no a la formulación de cargos. Si el investigador fuere un comisionado, una vez perfeccionada la investigación pasará las diligencias al comitente, con informe evaluativo, para que resuelva sobre formulación de cargos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1950 de 1973