En el caso de que exista fundamento para dudar de la autenticidad de la persona que ejecutó el trabajo, la Junta Directiva se abstendrá de considerar la petición del candidato.
Decreto 550 de 1941 →Vigente
Artículo 12
En El Caso De Que Exista Fundamento Para Dudar De La Autenticidad De La Persona Que Ejecutó El Trabajo, La Junta Directiva Se Abstendrá De Considerar La Petición Del Candidato
Decreto 550 de 1941 · Por el cual se reglamenta el artículo 3° de la Ley 100 de 1937
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.