° Préstamos e inversiones en vivienda. Para los fines previstos en el artículo anterior y con sujeción a los programas y presupuestos aprobados por la junta directiva, el Fondo podrá realizar las siguientes operaciones financieras
Otorgar, préstamos a favor de empleados públicos y de trabajadores oficiales, con garantía hipotecaría y compromiso de futuras cesantías, primas y bonificaciones, siempre que la seriedad de las operaciones propuestas y el saldo en el Fondo a favor del empleado o trabajador interesado que el préstamo va a serie provechoso y que la operación es socialmente útil y aconsejable desde el punto de vista comercial para el empleado o trabajador;
Celebrar con entidades especializadas en el ramo, contratos para la ejecución de planes de vivienda individual o multifamiliar para los empleados o trabajadores beneficiarios del Fondo, y
Adelantar programas en virtud de los cuales el empleado público o trabajador oficial reciba del Fondo o de la entidad que éste contrate para tal fin, vivienda con imputación al auxilio de cesantía causado o que en el futuro se cause.