Micelio

Artículo 1612

Para Adquisición Y Suministro A Las Obras Y Dependencias Del Ministerio De Obras Públicas, De Drogas, Elementos Sanitarios, Formularios De Contabilidad, De Almacenes Y Estadística, Pastas Para Libros De Hojas Sueltas Y Similares, En El Año $ 5

Decreto 2877 de 1952 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el presupuesto vigente

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS CAPITULO 103 Ministerio. Del artículo 1612. Para adquisición y suministro a las obras y dependencias del Ministerio de Obras Públicas, de drogas, elementos sanitarios, formularios de contabilidad, de almacenes y estadística, pastas para libros de hojas sueltas y similares, en el año $ 5.000.00 CAPITULO 106 Obras hidráulicas. Regularización y conservación. Del artículo 1636. Para atender a los compromisos contraídos por concepto del contrato de dragado del Canal del Dique (Standard Dredging Corporation), conservación de éste, gastos de interventoría, adquisición de terrenos, pago de indemnizaciones, construcción de obras accesorias, reparación de equipo- y para pagar parte del valor de una nueva draga con destino a la conservación del mismo Canal 95.000.00 CAPITULO 109 Carreteras nacionales. Construcción reconstrucción y pavimentación. Del artículo 1644. Para construcción de carreteras nacionales, según distribución que hará el Gobierno, en el año 1.000.00 Ordinal M). Para la carretera Caracolí-Fundación-Santa Marta $ 1.000.00 Del artículo 1645. Para gastos de interventoría de carreteras y ferrocarriles nacionales, en el año 141.000.00 Del artículo 1647. Para liquidación final del contrato de la carretera Palmira-Cartago, en el año 150.000.00 CAPITULO 112 Edificios Nacionales. Construcción Del artículo 1661. Para construcción de edificios nacionales, de acuerdo con distribución que hará el Gobierno, en el año 24.000.00 Ordinal G). Para continuar la construcción del edificio para los Ministerios, Contraloría, etc $ 24.000,00 CAPITULO 114 Bienes Inmuebles Nacionales. Administración y Sostenimiento. Del artículo 1663. Para levantamiento de planos, inventarios, reparaciones; mejoras y otros gastos de inmuebles nacionales, no destinados al servicio oficial, en el año $ 7.000.00 Del artículo 1665. Para arrendamiento de locales con destino al servicio del Gobierno Nacional, En el país, y pagó de saldos, anteriores a esta vigencia en el año 165.000.00 CAPITULO 115 Departamento Nacional de Aeronáutica Civil. Del artículo 1666. Para sueldos, jornales y demás remuneraciones del personal que presta servicios al Departamento Nacional de Aeronáutica Civil inclusive los gastos de representación del Director, en el año 30.000.00 Suman los contracréditos $ 618.000.00 CAPITULÓ 108 Carreteras Nacionales. Conservación, adiciones y mejoras. Al artículo 1641. Para gastos de conservación y adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales, según distribución que hará el Gobierno, en el año $ 329.000.00 Ordinal B). Zona de Carreteras de Bucaramanga $ 47.700.00 Ordinal U) Para la carretera Cáqueza-Villavicencio 145.000.00 Ordinal Z-23) Para carretera Cáchira-Abrego 70.000 Ordinal Z-24) Para la carretera Troncal Occidental, sector Caucasia Planetarrica 66.300.00 329.000.01 Al artículo 1642. Para adquisición dentro y fuera del país, de equipos de maquinaria, repuestos, herramientas, instrumental de ingeniería, de laboratorio y demás elementos indispensables para conservación, pavimentación, estudio y construcción de carreteras nacionales, en el año $ 20.000 CAPITULO 109 Carreteras nacionales. Construcción, reconstrucción y pavimentación. Al artículo 1644. Para construcción: de carreteras según distribución que hará el Gobierno, en el año 138.000.00 Ordinal-A-) Para ramales de la Troncal Oriental, sector Barbosa-Puerto Olaya $ 88.000.00 Ordinal C) Para la carretera Troncal Transversal Bogotá-Medellín, sector Sonsón-Dorada 50.000.00 Al artículo 1646. Para gastos de estudios y proyectos de carreteras nacionales, en el año $ 138.000.00 $ 30.000.00 CAPITULO 110 Construcción de puentes . Al artículo 1649. Para la terminación de puentes y construcción de otros, de acuerdo con distribución que hará el Gobierno, en el año 65.00.00 Ordinal Z-12) Para el puente Hormiguero. Para reconstrucción y construcción pontón de acceso al puente $ 65.000.00 CAPITULO 111 Edificios y parques nacionales, conservación, adiciones, mejoras y sostenimiento. Al artículo 1654. Para el pago de servicio de alumbrado y .energía eléctrica de los edificios nacionales y locales al servicio de las Oficinas del Gobierno Nacional, parques y demás gastos por concepto de este servicio, en el año $ 20.000.00 CAPITULO 115 Departamento Nacional de Aeronáutica Civil. Al artículo 1669. Para estudios, construcción, ampliación y sostenimiento de aeródromos nacionales, en el año $ 16.000.00 Suman los créditos $ 618.000.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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