Micelio

Artículo 14

Decreto 2178 de 1992 · Por el cual se dictan disposiciones relativas al valor aduanero de las mercancías

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

PRECIO NORMAL DE MERCANCIAS OBJETO DE LEGALIZACION. El precio normal de las mercancías que sean objeto de declaración de legalización, será el precio corriente de mercado en el territorio nacional para mercancías extranjeras idénticas o similares a las que se declaran, deduciendo el valor de los impuestos y demás elementos extraños al precio normal que implícitamente se encuentran comprendidos en dicho precio de mercado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2178 de 1992