Micelio

Artículo 1.2.4.4.3

Proyecciones De Los Últimos 8 Años Del Plan De Recursos 2021-2030 Discriminado

Decreto 1821 de 2020 · Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sistema General de Regalías.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Proyecciones de los últimos 8 años del plan de recursos 2021-2030 discriminado. Para efectos de lo establecido en el numeral 2 del Artículo 1.2.4.4.1 y en el Artículo 1.2.4.4.2 del presente Decreto, la Secretaría Técnica del Órgano Colegiado de Administración y Decisión Paz deberá tener en cuenta el 70% de las proyecciones de los últimos 8 años (t) del plan de recursos 2021-2030 de la Asignación para la Paz. Para tal fin se deberá hacer uso de los siguientes valores de alfa (x t ) para cada uno de los años desde 2023 hasta 2030. Tabla 1. Años (t) a 2023 82,50570230% 2024 76,54673688% 2025 70,76792721% 2026 65,26829704% 2027 60,11872687% 2028 55,28368507% 2029 50,78156168% 2030 46,62063981%

Parágrafo 1

Para el ejercicio de cómputo al que se refiere el numeral 2 del Artículo transitorio 1.2.4.4.1 del presente Decreto se deberá multiplicar el monto de aprobación de proyectos contra el cupo del adelanto para la Paz por el siguiente factor: (1 + (1 – X t ) / X t ) Donde, X t : es el ponderador del adelanto para cada año Como resultado del cálculo, se obtendrá el valor que computará con las vigencias futuras aprobadas para cada uno de los años desde 2023 hasta 2030. La utilización de los cupos se debe hacer en orden ascendente y solo se podrá utilizar el cupo del año inmediatamente posterior hasta agotar el anterior.

Parágrafo 2

Para calcular el monto de vigencias futuras para el pago del adelanto de recursos de la Asignación para la Paz que se debe solicitar, de conformidad con el Artículo 1.2.4.4.2 del presente Decreto se debe multiplicar el monto de aprobación de proyectos contra el cupo del adelanto para la Paz por el factor mencionado en el

Parágrafo

anterior. Como resultado del cálculo, se obtendrá el valor total que incluye, el valor de la caja que se requiere adelantar durante los años 2020, 2021 y 2022, o posterior al 31 de diciembre de 2022 y sus respectivos costos financieros y operacionales. El monto resultado del cálculo anterior, deberá ser aprobado en vigencias futuras. Los valores calculados anteriormente son cifras meramente indicativas. En consecuencia, cuando se realicen las operaciones de crédito éstas se harán en condiciones de mercado, por lo cual pueden diferir de las anteriormente calculadas. “CAPÍTULO 5 ESTRUCTURACIÓN Y PRIORIZACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN FINANCIADOS CON LA ASIGNACIÓN PARA LA PAZ (Capítulo adicionado por Artículo 41 Decreto 1142 de 2021)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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