° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE MINAS Y PETROLEOS Capítulo 78. Del artículo 1068. Para el pago de honorarios a la Junta Asesora de Petróleos $ 800.00 Capítulo 79. Del artículo 1069. Para sueldos del personal de esta Sección, en el año (CuartanoneFiscalización y Explotación de Petróleos) 10.000.00 Capítulo 81. Del artículo 1085. Para sueldos del personal de esta Sección, en el año (SextanoneLaboratorios de Análisis e Investigación) 1.860.00 Capítulo 82. Del artículo 1095. Para Sueldos del personal de esta Sección, en el año (SéptimanoneMinas y Salinas) 1.000.00 Suman los contracréditos $ 13.660.00 Capítulo 76. Al artículo 1060. Para los servicios de aseo, agua y teléfono, incluyendo materiales para los mismos servicios, y para materiales de los servicios de luz de esta Sección (Primera) $ 3.000.00 Capítulo 77. Al artículo 1064. Para adquisición, reparación y repuestos del equipo mecánico de oficina; adquisición, conservación y reparación del mobiliario; útiles de escritorio, material y demás gastos similares de esta Sección; compra de libros de consulta; y para pago de servicio telefónico de esta Sección (SegundanoneServicio Legal) 1.000.00 Capítulo 79. Al artículo 1075. Para pago de servicios de energía eléctrica, aseo, agua y teléfono, y para materiales de los mismos servicios, dotación de servicio doméstico de las Inspecciones, transportes, acarreos, y demás gastos similares de esta Sección y sus dependencias de fuera de Bogotá (CuartanoneFiscalización y Explotación de Petróleos) 2.000.00 Capítulo 80. Al artículo 1080. Para combustibles, lubricantes, reparaciones, repuestos y demás elementos para los vehículos del Servicio Geológico, y para el pago de aseguro de los mismos 3.000.00 Capítulo 82. Al artículo 1104. Para el pago de servicios de energía eléctrica, aseo, agua y teléfono, y para materiales de los mismos servicios; transporte de elementos, acarreos, portes aéreos y terrestres, radios, excesos telegráficos y demás gastos similares de esta Sección y sus dependencias (SéptimanoneMinas y Salinas) 2.000.00 Capítulo 83. Al artículo 1109-A. Para la preparación de ingenieros colombianos, en el Exterior, en el ramo de metalurgia y minería (numeral 4° del artículo 11 del Decreto legislativo número 666 de 1936) 2.660.00 Suman los créditos $ 13.660.00
Decreto 2125 de 1948 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Minas Y Petroleos Capítulo 78
Decreto 2125 de 1948 · por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Minas y Petróleos).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.