El Recurso de revisión se surte ante la Corte Suprema de Justicia, por las mismas causas y por el mismo procedimiento establecido para este recurso en las leyes penales ordinarias. CAPITULO QUINTO Nulidades
Decreto 1125 de 1950 →Vigente
Artículo 234
El Recurso De Revisión Se Surte Ante La Corte Suprema De Justicia, Por Las Mismas Causas Y Por El Mismo Procedimiento Establecido Para Este Recurso En Las Leyes Penales Ordinarias
Decreto 1125 de 1950 · por el cual se expide el nuevo Código de Justicia Penal Militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.