Modifícase el artículo 244 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el cual quedará así:
Artículo 244. Naturaleza Jurídica . El Banco Central Hipotecario es una sociedad de economía mixta, vinculada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en liquidación.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 52 de la Ley 489 de 1998 , el régimen del Banco Central Hipotecario será el previsto en el Decreto que ordenó su liquidación, o en las normas que lo modifiquen o adicionen.