º Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto Nacional de Rentas y recursos del Tesoro de la Nación, para el año fiscal de 1º de enero a 31 de diciembre de 1947, en la cantidad de quinientos mil pesos ($ 500.000) moneda corriente, conforme al siguiente pormenor: CAPÍTULO 5° Rentas de Destinación Especial Numeral 80. Cables y Radios (parte destinada al sostenimiento de la Empresa Nacional de Radiocomunicaciones) 500.000.00
Decreto 2241 de 1947 →Vigente
Artículo 1
Adiciónanse Los Cómputos Líquidos Del Presupuesto Nacional De Rentas Y Recursos Del Tesoro De La Nación, Para El Año Fiscal De 1º De Enero A 31 De Diciembre De 1947, En La Cantidad De Quinientos Mil Pesos ($ 500
Decreto 2241 de 1947 · por el cual se abre un crédito al Presupuesto vigente (Ministerio de Correos y Telégrafos).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.