º En las dependencias a que se refiere el artículo anterior, en donde se fijen horarios especiales y por razón de la jornada ordinaria establecida no se despache el día sábado, los aludidos empleados oficiales deberán prestar sus servicios los días 12 y 19 de julio, en una jornada comprendida entre las 8 de la mañana y las 12 del día, a fin de compensar el horario autorizado en este Decreto. Con el mismo fin en donde habitualmente se trabaja el día sábado, la jornada diaria aumentará media hora en la tarde, desde el 26 de junio, hasta el 18 de julio.
Decreto 2025 de 1986 →Vigente
Artículo 3
º En Las Dependencias A Que Se Refiere El Artículo Anterior, En Donde Se Fijen Horarios Especiales Y Por Razón De La Jornada Ordinaria Establecida No Se Despache El Día Sábado, Los Aludidos Empleados Oficiales Deberán Prestar Sus Servicios Los Días 12 Y 19 De Julio, En Una Jornada Comprendida Entre Las 8 De La Mañana Y Las 12 Del Día, A Fin De Compensar El Horario Autorizado En Este Decreto
Decreto 2025 de 1986 · por el cual se concede una autorización.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.