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Artículo 2

Créanse Los Siguientes Cargos De La Planta De Personal De La Dirección General De Impuestos Nacional Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público: Número De Cargos Denominación Del Empleo Código Grado Dirección General De Impuestos Nacionales

Decreto 3455 de 1981 · por el cual se modifica la planta de personal de la Dirección General de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Créanse los siguientes cargos de la planta de personal de la Dirección General de Impuestos Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público: Número de cargos Denominación del empleo Código Grado Dirección General de Impuestos Nacionales. Oficina de Estudios Tributarios. 1 (uno) Profesional Especializado 3010 10 Subdirección Jurídica. División de Recursos Tributarios. Sección de Recursos de Ventas Indirectas. 1 (uno) Profesional Especializado 3010 08 Subdirección de Programación y Desarrollo. 1 (uno) Profesional Especializado 3010 10 División de Evaluación y Métodos. 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 11 Administración de Impuestos Nacionales de Bogotá. Despacho del Administrador. 1 (uno) Profesional Especializado 3010 08 División de Liquidación. 3 (tres) Secretario 5140 08 División de Auditoria. Sección de Auditoría Interna de Impuesto sobre la Renta. Grupos de Auditoría Interna de Renta. 2 (dos) Profesional Universitario 3020 06 Administración de Impuestos Nacionales de Florencia. Despacho del Administrador. 1 (uno) Celador 6020 04 Administración de Impuestos Nacionales de Cali. División de Recaudo. 2 (dos) Ayudante de Oficina 5155 07 1 (uno) Secretario 5140 06 2 (dos) Ayudante de Oficina 5155 05 1 (uno) Auxiliar de Servicios Generales 6035 05 Administración de Impuestos Nacionales de Medellín. Recaudación de Impuestos Nacionanales de Yarumal. 1 (uno) Secretario 5140 06

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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