Articulo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA Capitulo 16 Del artículo 614. Para sostenimiento de la Granja de Michu, mientras se liquida 3.090.00 Capitulo 16 Al artículo 622. Para jornales, trabajos a destajo, compra de reproductores, alimentos concentrados, sal para ganados, instrumentos y drogas, material de laboratorio y sostenimiento, maquinaria, construcciones, conservación y reparación de edificios, transportes, energía y todos los demás gastos que requiera la Subestación de Aclimatación, Pubenza (Cundinamarca), en el año 3.090.00
Decreto 1720 de 1949 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Agricultura Y Ganaderia Capitulo 16 Del Artículo 614
Decreto 1720 de 1949 · por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Agricultura y Ganadería).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.