Micelio

Artículo 277

El Acusado Dispondrá De Un Término Común De Ocho (8) Días Para Presentar Sus Descargos Y Para Solicitar Y Aportar Pruebas, Durante El Cual El Expediente Permanecerá A Su Disposición En Secretaría

Decreto 1950 de 1973 · por el cual se reglamentan los Decretos-leyes 2400 y 3074 de 1968 y otras normas sobre administración del personal civil.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El acusado dispondrá de un término común de ocho (8) días para presentar sus descargos y para solicitar y aportar pruebas, durante el cual el expediente permanecerá a su disposición en secretaría. Vencido dicho término, el investigador tendrá veinte (20) días para diligenciar las pruebas solicitadas por el acusado que estimare procedente y las demás que considere necesario practicar para el mejor esclarecimiento de los hechos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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