Son funciones de la Dirección de Relaciones Industriales las siguientes : 29.1 Ejecutar la política sobre administración y manejo de personal, de acuerdo con las normas legales y convenciones laborales vigentes. 29.2 Dirigir y vigilar las relaciones laborales de carácter colectivo, atender los juicios laborales en que sea parte el Ministerio, Fondo Vial Nacional y Fondo de Inmuebles Nacionales y ejercer la representación legal por delegación expresa del Ministro. 29.3 Dirigir y elaborar los estudios sobre análisis ocupacional y remuneración del personal del Ministerio, en coordinación con la Oficina de Organización y Sistematización. 29.4 Promover actividades de capacitación y bienestar social para el personal del Ministerio. 29.5 Programar, dirigir y controlar la prestación de los servicios médicos y asistenciales a los empleados y trabajadores del Ministerio y a sus parientes afiliados. 29.6 Elaborar el Reglamento Interno de Trabajo para el personal del Ministerio y controlar su cumplimiento. CAPITULO III De las unidades asesoras .
Decreto 1173 de 1980 →Vigente
Artículo 29
Son Funciones De La Dirección De Relaciones Industriales Las Siguientes : 29
Decreto 1173 de 1980 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Obras Públicas y Transporte y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.