Artículo tercero. Créanse en la Registraduría Nacional del Estado Civil los empleados que en Seguida se indican, con sus sueldos mensuales correspondientes: Una Mecanotaquígrafa para la Secretaria Privada $ 280.00 Una Mecanotaquígrafa para la Secretaría General 240.00 Un Chofer para el Registrador Nacional 190.00 Un Cartero 120.00 Bogotá, 19 de enero de 1949. El Presidente de la Corte, Alfonso López- El Registrador Nacional, Secretario de la Corte, Aníbal Cardoso Gaitán." Comuníquese y publíquese.
Decreto 143 de 1949 →Vigente
Artículo 4
Decreto 143 de 1949 · Por el cual se legaliza un Acuerdo de la Corte Electoral
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.