Micelio

Artículo 3

El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

Decreto 433 de 1998 · por el cual se modifica el artículo 1° y se deroga el artículo 2° del Decreto número 615 del 9 de abril de 1992, sobre Consejo Asesor de la Superintendencia General de Puertos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 27 de febrero de 1998. ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Transporte, Rodrigo Marín Bernal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 433 de 1998