Subdirección de Atención a Población Desplazada . Son funciones de la Subdirección de Atención a Población Desplazada, las siguientes
Orientar y diseñar en coordinación con las entidades que conforman el Sistema Nacional de Atención Integral a la Población Desplazada por la Violencia, SNAIPD, el Formato Unico de Registro y capacitar al Ministerio Público, en los procedimiento para obtener la declaración de que trata el numeral 1 del artículo 32 de la Ley 387 de 1997, modificado por la Ley 962 de 2005.
Alimentar y mantener actualizado el Registro Unico de Población Desplazada.
Dirigir el montaje de las Unidades de Atención y Orientación, para atender a la población desplazada.
Desarrollar estrategias para mejorar la capacidad de respuesta de la entidad en el manejo de las emergencias que se producen por desplazamientos masivos de población.
Coordinar y dirigir el acompañamiento, orientación y seguimiento de las emergencias originadas por desplazamientos masivos de población que se produzcan en el territorio nacional.
Coordinar la ejecución de acciones de socorro, asistencia, y apoyo a la población desplazada, a fin de mitigar las necesidades básicas de alimentación, alojamiento, elementos de hábitat interno en el marco de las normas vigentes.
Coordinar, orientar, acompañar y hacer seguimiento a los procesos de retorno colectivo e individual de la población desplazada.
Promover acciones y medidas a mediano y largo plazo, con el propósito de generar condiciones de sostenibilidad económica y social de la población desplazada.
Coordinar con las entidades nacionales responsables, el acceso de población desplazada a programas de vivienda y brindar mejoramiento a sus condiciones de habitabilidad.
Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la dependencia.