Micelio

Artículo 3

Los Nacionales Colombianos Y Los Extranjeros Residentes En El País Menores De Dos Años No Estarán Sujetos Al Pago De Dicho Impuesto

Decreto 746 de 1967 · por el cual se complementa el Decreto 1592 de 1966.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los nacionales colombianos y los extranjeros residentes en el país menores de dos años no estarán sujetos al pago de dicho impuesto. Se entiende por extranjeros residentes en el país quienes hayan obtenido visa de residentes en Colombia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 746 de 1967