Micelio

Artículo 3

Decreto 18670611 de 1867 · sobre desarme i venta de los buques de guerra de la Unión.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3.° Verificado que sea el desarme de los buques i el retiro de las tripulaciones, procederán a hacer practicar con las formalidades legales el avalúo de los citados buques, i por separado el de su armamento i equipo, debiendo remitir las dilijencias orijinales a la Secretaría de Hacienda i Fomento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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