º. Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1982, la congelación de arrendamientos establecida por medio de los Decretos 2770 de 1976, 063 y 2923 de 1977, 2813 de 1978, 3209 de 1979, 3450 de 1980 y 237 de 1981, respecto de Ios contratos celebrados antes del primero (1º) de enero de mil novecien tos ochenta y dos (1982), sobre bienes inmuebles ubicados en áreas urbanas.
Lo dispuesto en este Decreto no se aplica a los contratos de arrendamiento regulados por el Decreto 410 de 1971 (Código de Comercio).