Micelio

Artículo 1

Ley 195 de 1936 · por la cual se dictan algunas disposiciones sobre régimen político y municipal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Además de las facultades conferidas por la Ley 72 de 1926 , el Concejo Municipal de Bogotá tendrá las siguientes:

a)

Reglamentar la policía local en todos sus ramos, respetando las disposiciones de las leyes y ordenanzas vigentes;

b)

Dictar las medidas que sean conducentes para determinar el perímetro urbano de la ciudad y señalar las obligaciones, tanto de los propietarios particulares de inmuebles, como de las empresas urbanizadoras;

c)

Aumentar hasta en un ocho por mil la tasa del impuesto predial fijada por el artículo 17 de la Ley 94 de 1931 , sobre los predios no edificados que queden dentro del perímetro urbano, teniendo en cuenta para el aumento del impuesto la importancia comercial del predio que se trate de gravar, las exigencias del desarrollo urbano y las circunstancias económicas del propietario; y

d)

Dictar las medidas conducentes para hacer efectiva a favor del Municipio la contribución creada por medio del artículo 3 de la Ley 25 de 1921 , y determinar su inversión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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