Funciones de los Comités de Administración Sectorial. Serán funciones de los Comités de Administración Sectorial, las siguientes
Velar por la adecuada ejecución y destinación de los recursos.
Definir y aprobar las líneas de inversión de los recursos, las cuales serán presentadas al Comité Fiduciario para su respectivo seguimiento.
Designar al (los) ordenador(es) del gasto y de gestión en materia contractual de cada Subcuenta, según se requiera.
Aprobar los proyectos que sean presentados para financiación con los recursos de la subcuenta específica.
Presentar el anexo técnico de la subcuenta correspondiente y que hará parte integral del Manual Operativo.
Impartir las instrucciones que sean necesarias para el cumplimiento del objeto de la subcuenta.
Convocar a las entidades o sectores que sean necesarios para los distintos trámites y la adecuada toma de decisiones. Estas actuarán en el marco de las sesiones con voz, pero sin voto.
Propender porque el uso de los recursos de la subcuenta responda a criterios de intersectorialidad. Las funciones específicas de cada una de las subcuentas serán desarrolladas en el Manual Operativo del Fondo, de acuerdo con las necesidades de cada una de estas.