Micelio

Artículo 6

De La Ley 4º De 1962 Será La Siguiente: Corte Suprema Secretario De La Sala Civil A Secretario Judicial V

Decreto 954 de 1962 · Por el cual se reglamenta la Ley 4ª de 1962

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo sexto. La incorporación de los empleados de Secretarios de la Corte Suprema de Justicia, Consejo de Estado y Tribunales Superiores de Distrito Judicial, a la nomenclatura establecida en el artículo 1º de la Ley 4º de 1962 será la siguiente: Corte Suprema Secretario de la Sala Civil a Secretario Judicial V. Consejo de Estado Secretario General a Secretario Judicial V. Tribunales Superiores de Distrito Judicial Secretarios de la Sala Civil a Secretarios Judiciales IV.

Parágrafo

La incorporación de los demás empleos será la establecida en las equivalencias señaladas en el artículo 2º de la misma Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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