Micelio

Artículo 5

º Deberes

Decreto 2164 de 1989 · Por el cual se expide el régimen disciplinario para los funcionarios del Departamento Administrativo de Seguridad y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º DEBERES. Son deberes de los empleados del Departamento Administrativo de Seguridad

a)

Respetar, cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los reglamentos y las órdenes impartidas por los superiores;

b)

Desempeñar con patriotismo, lealtad, honradez, eficiencia e imparcialidad las funciones de su cargo;

c)

Obedecer y respetar a los superiores jerárquicos, dar un tratamiento cortés a sus compañeros y subordinados y colaborar con ellos desinteresada y solidariamente;

d)

Actuar permanentemente con sujeción a las normas disciplinarias establecidas en el Departamento;

e)

Observar en sus relaciones con el público la consideración, respeto y cortesía debidos;

f)

Prestar, con arreglo a las normas legales, los servicios y protección que la comunidad requiere y anteponer el cumplimiento de sus tareas a sus particulares intereses;

g)

Realizar las labores que le sean confiadas y dar cuenta oportuna de los resultados;

h)

Responder de la autoridad que les ha sido otorgada y del adecuado cumplimiento de las órdenes impartidas;

i)

Ejecutar las misiones, órdenes e instrucciones que les sean dadas;

j)

Guardar la reserva que requieran los asuntos relacionados con su trabajo en razón a su naturaleza, en virtud de instrucciones especiales o por mandato legal, aún después de haber cesado en el ejercicio del cargo;

k)

Poner en conocimiento de la autoridad competente la ocurrencia de actos o hechos que puedan ser constitutivos de falta disciplinaria o hecho punible y suministrarle los informes y documentos que sobre el caso posean;

l)

Vigilar y salvaguardar los intereses del Estado; ll) Dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo a las funciones que les correspondan;

m)

Atender los procesos de enseñanza, capacitación y perfeccionamiento y cumplir con las prácticas y trabajos que les impongan;

n)

Responder por la conservación de los documentos, útiles, equipos y demás bienes confiados a su guarda o administración y rendir oportunamente cuenta de su utilización;

o)

Poner en conocimiento del superior los hechos que puedan perjudicar la administración y las iniciativas que estime útiles para mejorar el servicio;

p)

Mantener con las demás autoridades buenas relaciones de cooperación y dispensarles el respeto y la consideración debidos;

q)

Los demás que determinen las leyes o reglamentos aplicables en el Departamento Administrativo de Seguridad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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