La Junta Directiva estará integrada por:
El Ministro de Salud Pública o su delegado, quien la presidirá.
Un representante médico del comité nacional de la lucha contra el cáncer.
Un delegado del personal científico del Instituto.
Un delegado de la Sociedad Colombiana de Cancerología.
Tres delegados de las fuerzas económicas designados por el Presidente de la República.
El Director del Instituto asistirá a las reuniones de la Junta con voz pero sin voto.
Los miembros de la Junta a que se refieren los literales b), c) y d) de este artículo serán elegidos para un período de dos (2) años, pudiendo ser reelegidos indefinidamente.
El delegado del personal científico del Instituto será escogido por éste conforme a la reglamentación que expide el Director del Instituto.