Los actos de los alumnos que la ley erija en delitos, además de acarrear necesariamente la expulsión, serán puestos por el Rector en noticia de autoridad competente para la investigación y castigo, si ello puede hacerse de oficio.
Decreto 452 de 1910 →Vigente
Artículo 45
Los Actos De Los Alumnos Que La Ley Erija En Delitos, Además De Acarrear Necesariamente La Expulsión, Serán Puestos Por El Rector En Noticia De Autoridad Competente Para La Investigación Y Castigo, Si Ello Puede Hacerse De Oficio
Decreto 452 de 1910 · Po el cual se reglamenta la Escuela Nacional de Comercio
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.