Micelio

Artículo 1

Decreto 1058 de 1901 · Por el cual se reforman los marcados con los números 600 y 46 de 1989 y 1900, respectivamente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.º Los Tribunales Superiores de Distrito Judicial, en Sala de Acuerdo, y para su respectiva jurisdicción, determinarán, á insinuación de los Gobernadores departamentales, si debe ó no restablecerse el curso normal de la administración de justicia, no obstante el estado de sitio, que restringe el ejercicio de los derechos civiles y garantías sociales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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