° A partir de la fecha del presente para que el Ministerio de Educación pueda hacer el registro de los diplomas de bachiller, es necesario que los interesados presenten el certificado de estudios, en el cual conste que han cursado y han aprobado todas las materias del pensum oficial de que trata el decreto número 57 de 1928. Queda en estos términos derogado el artículo 4° del Decreto 1872 de 1926.
Decreto 1878 de 1930 →Vigente
Artículo 5
A Partir De La Fecha Del Presente Para Que El Ministerio De Educación Pueda Hacer El Registro De Los Diplomas De Bachiller, Es Necesario Que Los Interesados Presenten El Certificado De Estudios, En El Cual Conste Que Han Cursado Y Han Aprobado Todas Las Materias Del Pensum Oficial De Que Trata El Decreto Número 57 De 1928
Decreto 1878 de 1930 · Por el cual se reforman transitoriamente los Decretos números 57 de 1928 y 1135 del mismo año, y se deroga el artículo 4o del Decreto número 1872 de 1926
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.