Micelio

Artículo 3.1.1.3

- Contenido De La Solicitud

Decreto 653 de 1993 · por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Mercado Público de Valores

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 3.1.1.3.- CONTENIDO DE LA SOLICITUD.- De conformidad con lo establecido por el artículo 1.1.2.0.3 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, la solicitud para constituir una entidad vigilada por la Superintendencia de Valores deberá presentarse por los interesados acompañada de la siguiente información

a)

El proyecto de estatutos sociales;

b)

El monto de su capital, que no será menor al requerido por las disposiciones pertinentes, y la forma en que será pagado indicando la cuantía de las suscripciones a efectuar por los asociados;

c)

La hoja de vida de las personas que pretendan asociarse y de las que actuarían como administradores, así como la información que permita establecer su carácter, responsabilidad, idoneidad y situación patrimonial;

d)

Estudio sobre la factibilidad de la empresa; y

e)

La información adicional que requiera la Superintendencia para los fines previstos en el artículo 3.1.1.5 del presente Estatuto.

Parágrafo 1

o.- Las bolsas de valores no podrán establecerse con menos de diez (10) miembros inscritos en la misma.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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