°. Adiciónese el artículo 2.2.6.1.1.15 a la Sección 1 del Capítulo 1 del Título 6 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1077 de 2015, el cual quedará así: Artículo 2.2.6.1.1.15. Entrega material de espacio público en proyectos de obra pública . En los proyectos de obra pública que generen espacio público en suelo urbano, rural y/o de expansión urbana, las entidades encargadas de la ejecución de los proyectos deberán elaborar un plano definitivo de obra pública, que contenga como mínimo la identificación del polígono de espacio público intervenido y/o resultante, con la respectiva relación de mojones y áreas. Con base en este plano se realizará la entrega material e incorporación al inventario del espacio público del municipio o distrito, de las zonas de cesión o áreas destinadas y/o generadas para espacio público o equipamientos que se hayan determinado en los planes de ordenamiento territorial, planes parciales, el Plan de Gestión del Hábitat, la legalización urbanística y demás instrumentos que desarrollen y complementen los planes de ordenamiento territorial respectivos.
Decreto 1470 de 2024 →Vigente
Artículo 2
Adiciónese El Artículo 2
Decreto 1470 de 2024 · por el cual se reglamenta el artículo 298 de la Ley 2294 de 2023 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.