Micelio

Artículo 6

Ley 23 de 1896 · sobre enseñanza profesional científica en los Departamentos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los grados académicos que confieran las Facultades de que se trata en los artículos anteriores, serán valederos ante el Gobierno, con la condición de que los cursos escolares se hagan con la misma extensión que en las Facultades de Bogotá, y que los exámenes de grado se ajusten á lo prescrito en los Reglamentos de estas últimas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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