°. Centro de Investigación, Recursos Tecnológicos y Extensión . Son funciones del Centro de Investigación, Recursos Tecnológicos y Extensión, las siguientes: 5.1 Formular los criterios, metodología y normas generales sobre investigación con el propósito de orientar y coordinar las actividades, programas y proyectos que desarrollen los alumnos, los Docentes y la comunidad. 5.2 Promover un espíritu investigativo entre la comunidad institucional, apoyar los programas académicos de investigación aplicada y de captación de sus Docentes y estudiantes e impulsar y coordinar la publicación de los resultados de la investigación y programas de extensión. 5.3 Establecer relaciones de intercambio y colaboración en el área de investigación aplicada y extensión con entidades nacionales y extranjeras del sector público y privado y propugnar por la celebración de convenios o alianzas estratégicas con las mismas, para la realización de proyectos de investigación y demás actividades de investigación. 5.4 Desarrollar los procesos necesarios para la sistematización de la entidad teniendo en cuenta flujos de información, necesidades del usuario, tipo de redes y requerimientos en hardware y software; velar en coordinación con la Secretaría General por el correcto uso de los equipos, programar su mantenimiento y solicitar los repuestos y partes para instalar que aseguren una operación continua del sistema. 5.5 Organizar un servicio de publicaciones y reproducciones para las diferentes dependencias administrativas y académicas, para profesores y estudiantes. 5.6 Presentar informes sobre las actividades del centro y atender la convocatoria del Consejo Académico, para presentar propuestas de investigación y extensión. 5.7 Colaborar con los procesos didácticos para la elaboración de ayudas educativas y controlar la dinámica de aplicación de las mismas. 5.8 Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Decreto 1095 de 2004 →Vigente
Artículo 5
Centro De Investigación, Recursos Tecnológicos Y Extensión
Decreto 1095 de 2004 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de San Andrés y Providencia y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.