Micelio

Artículo 47

Decreto 3152 de 1986 · Por el cual se reorganiza la estructura y funciones del Departamento Nacional de Planeación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

FUNCIONES DE LA DIRECCION GENERAL. Son funciones de la Dirección General de Desarrollo Social

1.

Promover, preparar y coordinar, con la colaboración de los organismos y entidades públicas pertinentes, los estudios de base para la elaboración de políticas, planes, programas y proyectos sobre la gestión y modernización del Estado, la educación, la planificación del recurso humano para el mercado de trabajo, la justicia, la seguridad ciudadana, la salud, la nutrición y la seguridad social, los cuales habrán de desarrollarse poniendo especial énfasis en la participación comunitaria y en la protección de grupos de población más desprotegidos.

2.

Promover y preparar, en colaboración con los organismos y entidades públicas correspondientes, los estudios sobre integración de programas de desarrollo social con los de otros países miembros de organizaciones regionales o subregionales, especialmente en materias de población, salud, educación, cultura y desarrollo científico y tecnológico.

3.

Evaluar el desarrollo de los programas generales y específicos del sector social y recomendar las modificaciones y ajustes necesarios. Promover y cuantificar la utilización, por parte de las entidades pertinentes, de los recursos de los programas de inversión, financiamiento externo y cooperación técnica internacional.

4.

Colaborar en la preparación de normas que deba prescribir el Departamento Nacional de Planeación a las Oficinas de Planeación de los organismos del sector sobre su organización y funcionamiento, elaboración de programas y presupuestos y preparación de proyectos específicos.

5.

Participar en la elaboración del presupuesto de inversión de las entidades del sector.

6.

Preparar los informes que el Departamento deba presentar al Presidente de la República, al CONPES o a los Jefes de las distintas reparticiones administrativas, sobre el cumplimiento de los programas y proyectos sociales.

7.

Promover la organización de un sistema de indicadores, que permita evaluar periódicamente el estado y avance de las políticas sociales.

8.

Participar en la elaboración de las políticas de financiamiento de las entidades del sector. DIVISION DE EDUCACION

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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