º. Antes de proceder a la liquidación de que trata el artículo anterior, el Ministro de Hacienda y Tesoro solicitará de los demás Ministros del Despacho, y hará el mismo en su Ramo, todas las economías compatibles con el buen servicio público.
Decreto 45 de 1906 →Vigente
Artículo 3
Antes De Proceder A La Liquidación De Que Trata El Artículo Anterior, El Ministro De Hacienda Y Tesoro Solicitará De Los Demás Ministros Del Despacho, Y Hará El Mismo En Su Ramo, Todas Las Economías Compatibles Con El Buen Servicio Público
Decreto 45 de 1906 · Sobre presupuestos para el año de 1907
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.