° De la escala dé remuneración. Fíjase a partir1del 1° de enero de 1984 la siguiente escala de remuneración para las distintas categorías de empleos del Instituto de seguros, sociales, así: Grado Asignación Básica 1 11.600 2 12.350 3 13.750 4 15.300 5 16.850 6 18.400 7 20.000 8 21.550 9 22.900 10 24.500 11 26.000 12 27.800 13 30.100 14 31.600 15 33.500 16 35.400 17 38.050 18 40.300 19 44.000 20 47.350 21 50.300 22 52.900 23 55.950 24 59.200 25 62.550 26 66.200 27 70.600 28 73.850 29 77.100 30 80.350 31 83.700 32 86.500 33 89.700 34 92.900 35 96.300 36 99.000 37 102.500 38 106.100 39 109.700 40 113.300 41 116.700 42 120.300 43 123.350 44 126.400 45 129.450 46 132.500 47 135.550 48 138.600 49 141.650 50 144.700
Decreto 448 de 1984 →Vigente
Artículo 1
De La Escala Dé Remuneración
Decreto 448 de 1984 · Por el cual se establece la escala de remuneración de los empleos del Instituto de Seguros Sociales y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.