Artículo único. Créase la Comisión de Estudios y Proyectos de la Carretera Neiva-Cabrera Bogotá (Troncal Oriental), con el personal y asignaciones que a continuación se expresan
Ingeniero Jefe, con novecientos pesos mensuales ($ 900).
Ingeniero Ayudante, con setecientos cincuenta pesos mensuales ($ 750).
Dibujante con cuatrocientos cincuenta pesos mensuales ($ 450).
Habilitado Pagador Contador Almacenista, con trescientos ochenta pesos mensuales ($ 380).
Los sueldos de los cargos que se crean por el presente Decreto se pagarán con imputación al Capítulo 112, artículo 1628 del Presupuesto de la vigencia fiscal en curso, apropiación de la cual se destina la suma de ochenta mil pesos ($ 80.000) con destino a los estudios de que trata el presente Decreto. Comuníquese y publíquese.