Micelio

Artículo 2

Ley 47 de 1898 · reformatoria del Decreto de carácter legislativo número 499 de 1895

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los individuos de que trata el artículo 3.° del Decreto expresado, podrán volver al país sin necesidad de prestar la promesa de que allí su trata.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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